Con fecha 8 de abril el Tribunal de Penas dio a conocer esta novedad que el club infractor debía cumplir antes del miércoles pasado. No pagó la terna arbitral en el encuentro de juveniles.
Días pasados dábamos cuenta del comienzo del Torneo Nacional Juvenil donde tres categorías del Lobo viajaron hasta Rafaela para enfrentar a Atlético de Rafaela en Sub13, Sub15 y Sub17. En todos los casos fueron victorias de los locales pero, esa alegrías por los éxitos, no hizo que le pagaran a los árbitros y ahora se conoció, desde el Tribunal de Penas del Consejo Federal, organizador del evento, un ultimatum para que lo hagan.
El informe
El informe completo del Tribunal de Penas es el siguiente:
VISTO
El reclamo efectuado por la terna arbitral que actuó el 02/04/2025 en el encuentro disputado entre el Club Atlético de Rafaela (Rafaela) y su similar el Club Gimnasia y Esgrima (Concepción del Uruguay), mediante el cual da cuenta a este Organismo que no percibió por parte del Club A. de Rafaela, la suma de $420.000.00; y,
CONSIDERANDO
Que, el art. 33° del Reglamento del Certamen establece claramente el mecanismo a seguir de no efectuarse el pago en cuestión; Que, habiendo transcurrido el plazo establecido de 72 horas de disputado el encuentro, y no habiéndose efectuado el pago por parte del Club “LOCAL”, corresponde correr traslado al mismo, HASTA LAS 20,30 HORAS DEL QUINTO DÍA HÁBIL INMEDIATO SIGUIENTE AL DE DISPUTADO EL ENCUENTRO QUE ORIGINÓ LA DEUDA, para que proceda a cancelar la suma adeudada a la terna arbitral ante las respectivas Ligas, debiendo dar cuenta en forma simultánea a este Organismo, dentro del plazo señalado precedentemente;
Que, en tal sentido corresponde dejar establecido que al no concretarse la cancelación de la deuda, dentro del término aludido, la institución deudora quedará automáticamente “SUSPENDIDA EN FORMA PROVISIONAL”, con la aplicación de las previsiones establecidas en el art. 118° del Reglamento de Transgresiones y Penas; Que, atento a ello este Tribunal de Disciplina:
R E S U E L V E
1°) INTIMAR al Club A. de Rafaela (Rafaela), HASTA LAS 20,30 HORAS DEL 09/04/2025 (Art. 33° del Reglamento del Certamen), para que proceda a dar cuenta, en forma fehaciente ante este Organismo, de haber cancelado en su totalidad la suma de $ 420.000,00 que le adeuda a la terna arbitral actuante en el encuentro que disputó el 02/04/2025 con el Club Gimnasia C.U. –
2°) – Transcurrido el plazo señalado en el art. 1° y de no verificarse la cancelación total de la deuda reclamada, el Club A. de Rafaela, quedará AUTOMATICAMENTE SUSPENDIDO EN FORMA PROVISIONAL, debiendo disputar los encuentros programados con el consecuente descuento de TRES (3) PUNTOS por cada fecha comprendida en el término de la suspensión y demás previsiones, de conformidad con lo establecido en el art. 118° del Reglamento de Transgresiones y Penas.
3º) – Dejar aclarado que la sanción aplicada en el artículo precedente será automáticamente levantada por este Organismo al momento del efectivo cumplimiento (remisión del pago a la Liga a la que pertenecen los árbitros involucrados); y, simultáneamente la remisión a este Organismo de la documentación respaldatoria de haber efectuado el pago motivo del reclamo.
4º) – Comuníquese; publíquese; y, manténgase en Secretaría a sus efectos.
MIEMBROS: Dr. Pablo Iparraguirre, Dr. Raúl Borgna y Dr. Guillermo Beacon.-